La Sala Séptima de la Corte concedió una acción de tutela a una sociedad particular en la que solicita la actualización inmediata de información en contenidos digitales.
El contenido digital es susceptible a robo cibernético. Foto: flickr/charlotta Wasteson |
La Corte Constitucional pidió a medios de comunicación la debida renovación de datos que involucran las noticias y contenidos disponibles en las páginas web con información relevante que surge posterior a una publicación inicial que lleva derechos fundamentales.
Por medio de la Sentencia T-725/16, el tribunal solicita a los medios de comunicación colombianos, que toda noticia con contenido que asocia a una persona con derechos fundamentales, sea actualizada de manera inmediata y oportuna.
Esta decisión se toma en la Sala Séptima luego de la acción de tutela que recibió una sociedad particular, que vio afectado su buen nombre con una información publicada por un importante medio en su sitio web.
Allí se vulneraron derechos de personas o jurídicas pero este no es el único cambio, uno de los requisitos que advierte el tribunal es la rectificación de información a partir del momento en el que la noticia anterior deja de estar disponible en la red.
Como respaldo a la decisión, aparece la Sentencia T-277 del 12 de mayo de 2015 la Corte Constitucional (CC), en la que no habrá ‘derecho a olvido’, gracias a la protección de la libertad de expresión e intimidad que será central en la publicación de contenido digital.
Es así como toda persona tiene derecho a olvido en internet siempre y cuando haya estado bajo caso penal y haya cumplido su condena. Por eso, debe desaparecer de los buscadores dentro de la página del medio.
Algunas características que tiene esta herramienta son el análisis de tensión de derechos en internet, la consideración del principio de neutralidad en la red, la exoneración de responsabilidad del intermediario (Google) y aplicación del test tripartita de libertad de expresión.
Esto con el fin de buscar una reinserción a la sociedad de una persona que cumplió su condena y no afecte su buen nombre.
junio 2017